Normativas - Trámites Administrativos
¿Puede un Ciudadano presentar un trámite administrativo?
Sí, el procedimiento de trámite administrativo está regulado por la Ordenanza Nº 8256 con sus respectivas modificatorias.
¿Quiénes tienen acceso a realizar un trámite administrativo en la Municipalidad de Paraná?
Toda persona física o jurídica, aún sin estar domiciliada en la ciudad de Paraná, tiene derecho a iniciar trámites administrativos en el seno de la Municipalidad.
¿A que propende el procedimiento del trámite administrativo?
Tiende a la juridicidad de los actos de la administración, asegurar el derecho de defensa y debido proceso legal de los particulares, la celeridad, sencillez, economía y eficacia de toda tramitación, la aplicación del formalismo moderado en todas aquellas cuestiones no esenciales y subsanables ante la misma administración y el cumplimiento estricto de los plazos y requisitos de ley.
¿Cómo se presenta y recepciona el trámite administrativo?
Toda petición se realiza por escrito debiendo contener los siguientes requisitos:
- El nombre y apellido completos de la persona que se presente, el número de matrícula individual, el carácter en que lo efectúa y su domicilio real, legal y especial que constituya.
- El domicilio especial es el que deberán constituir los interesados en todo expediente, dentro de la planta urbana de la ciudad de Paraná, a los efectos del trámite. A falta de domicilio especial, las notificaciones se realizarán en el domicilio real o legal fijado, siempre y cuando se encuentre dentro de la planta urbana. El domicilio, una vez constituido, se reputará subsistente para todos los efectos legales, mientras los interesados no hayan designado otro, aún cuando hubiera error en su indicación, por no existir el designado o no pertenecer a quien lo constituyó.
- La firma del que se presenta, y si éste no supiera firmar, podrá hacerlo otro a su ruego, ante el Jefe de Mesa de Entradas quien exigirá la presentación de documentos de identidad, dejando constancia y firmando al pie. No se admitirá a los efectos de suplir la firma la impresión digital en ningún caso en los escritos.
- Los hechos explicados sintéticamente.
- Lo que se peticiona en términos claros y precisos.
¿Como puede realizarse el trámite administrativo?
El trámite administrativo podrá iniciarse de oficio o a petición de cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que invoque un derecho subjetivo o interés legítimo, siendo éstas consideradas partes legitimadas en el proceso administrativo.
¿De que manera pueden realizarse las notificaciones?
- Por cédula: El día consignado en la copia agregada al expediente.
- Por carta documento: El día consignado en el "aviso de recibo".
- Por Telegrama Colacionado: El día consignado en el "aviso de Entrega".
- Personalmente o por Nota: El día que se realicen.
- Por edicto: El último día de su publicación.
